El siniestro es considerado como el hecho accidental ocurrido dentro del período de vigencia de la póliza, cuyas consecuencias estén garantizadas por algunas de las coberturas del seguro. En el caso de ocurrencia del siniestro, debe ser evaluado mediante un conjunto de actuaciones en Gestión de Riesgos. Éstas deben estar realizadas por la entidad de seguros, encaminadas a determinar el valor económico de las pérdidas sufridas por el asegurado.
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Siniestros en los seguros de vida
En los seguros de vida, se considera un siniestro cuando fallece el tomador del seguro, garantía principal, sufre una incapacidad temporal o permanente, enfermedad grave o gran dependencia (garantía complementaria).
En caso de acaecimiento de alguna de las contingencias indicadas, lo habitual es recibir un capital en el momento de entrega de toda la documentación necesaria para el trámite. En algunos pequeños casos, tras el suceso se paga una renta vitalicia o temporal. Esta casuística se daba en aquellos productos relacionados con los compromisos por pensiones. Sin embargo, los altos precios en términos de prima hacen que esta modalidad cada vez sea menos frecuente.
Siniestros en los seguros de no vida
En los seguros de no vida, atendiendo a la peculiaridad de cada ramo, se considera una tipología de siniestro:
- Autos. Cuando se produce un accidente de circulación del que resultan lesiones personales o daños materiales, robo del vehículo, asistencia en carretera a causa de una avería, incendio, etc.
- Hogar. Cuando se producen daños eléctricos, por agua; roturas de cristales, vidrios, mármoles; hurto en la vivienda; cambio de cerradura; incendio; etc.
- Salud. Es la asistencia que se presta al asegurado (consultas, pruebas diagnósticas, hospitalización, intervención quirúrgica,…).
- Decesos. Se cubre el gasto de sepelio cuando se produce el fallecimiento del asegurado.
Información extraída del webinar impartido por Josep Lledó sobre Gestión de Riesgos para EALDE Business School.
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