Los incoterms son una publicación de la Cámara de Comercio Internacional que identifican con claridad y precisión las condiciones de entrega de las mercancías en las operaciones de compraventa internacional. Los incoterms son normas de derecho privado, por lo que no tienen fuerza de ley y solamente se emplean de común acuerdo entre el comprador y el vendedor.
El objeto de los incoterms es identificar de forma precisa las siguientes cuestiones:
- La entrega formal de las mercancías.
- El traspaso de riesgos entre el comprador y el vendedor en el transporte de mercancías.
- El reparto de gasto entre ambos.
- Los documentos que el vendedor está obligado a suministrar al comprador.
Modalidades de incoterms para el Comercio Internacional
- EXW o En fábrica. El modo de transporte puede ser cualquiera. El pago del transporte principal lo hace el comprador. El riesgo es traspasado en el origen.
El vendedor cumple su obligación cuando pone en su establecimiento la mercancía a disposición del comprador. El comprador paga la carga y transporte hasta su destino, despacho aduanero de salida y corre con todos los gastos y obligaciones hasta la llegada al destino final. - CPT o Transporte pagado hasta. El modo de transporte es cualquiera. El pago del transporte principal lo hace el vendedor. El traspaso del riesgo se produce en el origen.
Los riesgos y los costes pasan de vendedor a comprador en lugares diferentes (riesgo en el lugar de entrega al transportista y costes en el punto designado de destino, que debiera especificarse con precisión). - DAP o Entregado en. El modo de transporte puede ser cualquiera. El pago del transporte principal lo hace el vendedor. El riesgo es traspasado en el destino.
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, a bordo del vehículo de transporte y preparada para su descarga, en el lugar de destino convenido. - FOB o Franco a bordo. El modo de transporte es marítimo. El pago del transporte principal lo hace el comprador. El traspaso del riesgo se realiza en el origen.
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador y en consecuencia soporta el transporte hasta el puerto y todos los gastos y riesgos ocasionados hasta la indicada entrega de la mercancía. - CIF o coste, seguro y flete. El modo de transporte es marítimo. El pago del transporte principal lo hace el comprador. El traspaso del riesgo se produce en el origen.
El vendedor soporta los mismos gastos que en la posición FOB y además paga el flete y el seguro. Su responsabilidad termina cuando la mercancía está a bordo del buque, en el puerto de embarque. Naturalmente, el riesgo del transporte marítimo recae sobre el comprador.
Información extraída del webinar impartido por Iñaki Acosta para EALDE Business School.
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